Con el voto unánime de las diputadas y diputados locales, el Congreso del Estado aprobó las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda para los trabajadores.

Las reformas a los párrafos primero y actual segundo, así como las adiciones a los párrafos segundo, cuarto y quinto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, a la fracción XII del apartado A del artículo 123 de la Carta Magna, facultad al Infonavit a construir vivienda para que los trabajadores puedan adquirirla en un esquema de renta social o en propiedad.

Se establece que cuando se trate de esquemas de arrendamiento, la mensualidad que se le cobre a la persona trabajadora no podrá exceder el 30% de su salario y cualquier persona trabajadora, con un año de cotización, pueda acceder a la vivienda en renta propiedad del instituto, y que obtenga el derecho de adquirirla si mantiene el pago de su renta por diez años.

Se dará acceso preferente a los esquemas de vivienda del Infonavit a las personas trabajadoras con mayor antigüedad en la cotización y que no cuenten con una vivienda propia, así mismo, estos esquemas se deberán hacer con total transparencia, sin criterios discrecionales ni a favor de ningún interés ajeno al del propio trabajador.

De igual forma, se establecerá un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora; también podrá adquirir suelo y construir vivienda.